Valorización Energética de Lissette Balseca Figueroa
¿Cuál es el revuelo que hay con “quemar la basura” ?, ¿Cuándo se “quema” se producen sustancias cancerígenas?, ¿Por qué en España está mal visto, cuando en muchos países se “quema” dentro de las ciudades?
Los Residuos vienen definidos por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, donde también se indica su gestión.
Bueno primero, mejor empezar por describir el problema:
Mundialmente, gran parte de los residuos generados va a vertedero; en Europa se ha generado 2319.5 millones de toneladas de residuos, el 47.4% va a vertedero, que son alrededor de 926 millones (Eurostat, 2014). En Estados Unidos alrededor de 139 millones de toneladas (EPA, 2019) va a vertedero, donde el 80% de esos residuos pudieron haber sido reciclados. Y en España, el total de residuos generados asciende a 103.4 millones de toneladas (Eurostat, 2012), el 47.09% de los residuos urbanos va a vertedero; aunque no todo lo que va a vertedero es generado por los ciudadanos, en España cada persona genera alrededor de 1.5 kilogramo/día y la tasa aumenta en países más desarrollados.
Suena a demasiado, ¿no?, entonces, ¿qué se debería hacer con tanta basura? A ver siempre se ha dicho que el mejor residuo es el que no se genera y de ahí surge la idea de las 3Rs (Reducir, Reutilizar y Reciclar) o las 5Rs (Reciclar, Reutilizar, Reducir, Rechazar, Repensar). Todo suena muy bonito, pero que pasa, cuando la mayoría de los ciudadanos no sabe o no quiere reciclar, no reduce el consumismo, etc. ¿Acumulamos basura y ya?, eso es lo que es un vertedero; Esto es como cuando tienes un armario en el que metes todos tus cachivaches y sigues metiendo y metiendo cosas.. mm.. y luego ¿qué?, ¿te compras otro bonito armario?, daros cuenta de que por rellenar otro armario el problema no desaparece. ¿Nos ponemos a construir nuevos?, pero nadie quiere un vertedero en su barrio, así que, ¿dónde lo construyes si no?
Hay que añadir que la Unión Europea aprobó la normativa de reducir los residuos urbanos en 2035 al 65% (DIRECTIVA (UE) 2018/851 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 30 de mayo de 2018), ¿cómo lograrlo entonces?
Entonces se plantea la idea de valorización del residuo como una vía factible y viable, cabe destacar que valorizar no es quemar la basura sin más, se realiza la quema de forma controlada.
Mejor descrito está en el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, donde se indica qué es con lujo de detalles,
¿En resumen?
Es aprovechar los residuos “quemándolos” para obtener luz, calor o combustible.
¿Cómo los quemamos?
Hay varias tecnologías de tratamiento térmico, incineración, la gasificación, la pirólisis o la gasificación por plasma.
¿Qué es lo que hace?
Destruir gran parte del producto sólido convirtiéndolo en gases y vapor de agua con una cantidad limitada de residuo sólido.
Pero ¿El residuo como combustible es sostenible?
Como todos sabemos no hay ninguna tecnología que sea 100% limpia, y esta no es una excepción, se generan residuos como consecuencia de la descomposición térmica y de las posibles reacciones posteriores que se puedan realizar entre ellos. Estos productos, algunos de ellos peligrosos, pueden contaminar tanto el aire como el agua y el suelo.
Pero insisto que no es quemar por quemar, en el art. 35 del Real Decreto 815/2013 se indica que “se efectuarán pruebas adecuadas para establecer las características físicas y químicas y el potencial contaminante de los diferentes residuos de incineración.” En el art. 36, 37, 38, 44 del mismo decreto nos indica los valores límite de emisión y la medición de las emisiones, así como la periodicidad que se deben efectuar en las instalaciones. En el art. 41 nos indica que las instalaciones presentarán informes e informarán al público en general sobre las instalaciones.
Todo está muy bien sobre el papel, pero lo que la mayoría de la población no sabe, es que las plantas están obligadas a ser transparentes frente a sus emisiones. Así como también se desconoce que el MITECO tiene que llevar esos inventarios anuales de emisiones ante la Comisión Europea. Ósea que otra vez insisto no es quemar por quemar, hay unos altos estándares de emisión que se tiene que cumplir para que una instalación permanezca abierta.
Se muestra una comparación de las emisiones límites para que la planta sea considerada una planta de valorización energética y no sólo incineradora, según normativa:
Se puede observar que ninguna llega ni de cerca a los límites implantados por la Directiva Europea. Además, en la actualidad ¿qué no produce contaminación?
Seguro que dice alguno: ya, ¡pero yo reciclo!; con eso no basta, bueno si os hacéis de esa iniciativa zero waste, de fabricar tú mismo todos tus productos, tus residuos se verán muy reducidos sí; pero insisto hay que ser realistas, que no todos van a cambiar sus hábitos, aunque deberíamos sí, pero el consumismo nos puede y ¡la basura nos va a comer un día!
Por todo esto, en muchos países se usa habitualmente la valorización, algunos son: Dinamarca, Alemania, Austria, Países Bajos, Finlandia, Suecia, Bélgica, Japón. Los cuales pueden realizar la valorización incluso dentro de la misma ciudad, como es el caso Japón que como sabemos es uno de los países con mayor esperanza de vida; en Tokio se cuenta con 19 incineradoras en la parte central, frente a las 11 que hay en toda España.
Con respecto a las sustancias cancerígenas, son los llamados dioxinas y furanos, que se pueden obtener de los incendios forestales, de subproductos de procesos industriales, hasta del humo de tabaco; la incineración los produce, pero la valorización tiene unas restricciones bastante fuertes, estamos hablando que se permiten unas concentraciones muy pequeñas.
Pero, aun así, si hay dudas dejo un enlace a un informe del parque de Valdemingómez (Madrid), en donde se evaluó a la población aledaña al recinto, se analiza la salud de toda la población en un radio de 5km hasta un área mayor de los 10km. Las concentraciones de estas sustancias en 2020 fueron de 0.003 – 0.0664 ng I-TEQ/Nm3 frente al límite que es de 0.1 ng I-TEQ/Nm3.
Entonces, ¿Qué otra solución realista para el colectivo hay?
Escristo por Lissette Balseca Figueroa,
estudiante del grado en ingeniería en tecnologías ambientales
en la Universidad politécnica de Madrid y voluntaria activa
del grupo local ambientalista “Ecosfera” de SCI Madrid.
Bibliografía:
- Eurostat, estadísticas sobre residuos en Europa.
https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Main_Page - Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13046 - Agencia americana de protección del medio Ambiente (EPA, US Environmental Protection Agency).
https://www.epa.gov/ - Los residuos urbanos y su problemática (UNED).
https://www2.uned.es/biblioteca/rsu/pagina1.htm - Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos.
https://eurlex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32000L0076 - Estudio de evaluación de la incidencia en la salud de las emisiones procedentes del parque tecnológico de Valdemingómez. (Madrid Salud, 2018).
https://aeversu.org/wp-content/uploads/2019/09/Estudio-2019-Madrid-Salud-Incidencia-en-la-salud.pdf - Valores Medios de Emisiones 2020. Dirección General del Parque Tecnológico de Valdemingómez, Medio ambiente y movilidad, Madrid.
https://www.madrid.es/UnidadWeb/Contenidos/RC_Valdemingomez/InformacionParque/Ficheros/ValorValdemDat2020.pdf